Si. Se trata de un cobro único para trabajadores en relación de dependencia. Esta asignación la percibe sólo uno de los padres. 

Se trata de un trámite PRESENCIAL A REALIZAR CON TURNO, pero durante el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio este trámite se realiza mediante la presentación de documentación a través del Sistema de Atención Virtual de Anses

¿A quiénes les corresponde?

  • A trabajadores en relación de dependencia (Sistema Único de Asignaciones Familiares – SUAF).
  • A trabajadores que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
  • A personas que cobren la Prestación por Desempleo.
  • A personas que cobren la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

¿Cuándo debe realizarse? 

Debe realizarse dentro de los 2 meses y 2 años de dictada la sentencia.

¿Cuáles son los requisitos? 

  • Los ingresos individuales y del grupo familiar no deben superar los topes máximos vigentes. Consultar los topes AQUÍ. 
  • En el caso de los trabajadores en relación de dependencia, tener 6 meses de antigüedad en su trabajo.

Documentación a presentar:

  • Sentencia de adopción
  • D.N.I. de los padres
  • D.N.I. del niño, niña o adolescente actualizado