Si. Se trata de un cobro único para trabajadores en relación de dependencia. Esta asignación la percibe sólo uno de los padres.
Se trata de un trámite PRESENCIAL A REALIZAR CON TURNO, pero durante el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio este trámite se realiza mediante la presentación de documentación a través del Sistema de Atención Virtual de Anses.
¿A quiénes les corresponde?
- A trabajadores en relación de dependencia (Sistema Único de Asignaciones Familiares – SUAF).
- A trabajadores que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
- A personas que cobren la Prestación por Desempleo.
- A personas que cobren la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
¿Cuándo debe realizarse?
Debe realizarse dentro de los 2 meses y 2 años de dictada la sentencia.
¿Cuáles son los requisitos?
- Los ingresos individuales y del grupo familiar no deben superar los topes máximos vigentes. Consultar los topes AQUÍ.
- En el caso de los trabajadores en relación de dependencia, tener 6 meses de antigüedad en su trabajo.
Documentación a presentar:
- Sentencia de adopción
- D.N.I. de los padres
- D.N.I. del niño, niña o adolescente actualizado