Adopción en Jujuy:” no todos los chicos institucionalizados están en condiciones de ser dados en adopción”

18/2/2019

Jujuy al día® – En una entrevista con nuestro medio, Aída Elena Dajer, Fiscal General Adjunto del Superior Tribunal de Justicia (STJ) a cargo del Registro de Adopciones; y Analía Abud, psicóloga del Registro Provincial de Adopciones, comentaron la cantidad y características de los postulantes a adoptar que hay en la provincia.

El Registro de Adopciones de Jujuy fue creado por acordada del Superior Tribunal de Justicia de la provincia en 1998, y las personas que querían adoptar debía inscribirse en Jujuy, pero nada obstaba porque se inscribieran en otras provincias. Recién en 2004 empieza a funcionar el Registro Único Nacional y Jujuy adhiere ese mismo año. A partir de ahí ya no es necesario que los postulantes circulen por todo el país anotándose en cada registro, es suficientes que se anoten en Jujuy y sus legajos son subidos a una base de datos nacional donde puede ser consultado por jueces de cualquier provincia adheridas al registro, comentó Aida Dajer.

Elena Dajer junto a Analía Abud

Acerca de su función, Aida Elena Dajer expresó en una entrevista con el diario JUJUY AL DÍA® que “acá organizamos postulantes. Si una persona quiere adoptar un niño, niña o adolescente se puede presentar en el registro, buscar los requisitos o bajarlos de la página del Poder Judicial, y una vez que los complete se presenta en el registro donde serán atendidos, se les hará una evaluación psicológica, un estudio socioambiental y, si están dadas las condiciones, se les da un número de legajo que posteriormente se lo sube a la red federal”.

“Una aclaración importante es que, a partir de la sanción del nuevo Código Civil y Comercial, vigente desde agosto del 2015, la única forma de poder adoptar es estar inscripto en el registro, expresamente están prohibidas las guardas de hecho. Si me dieran un chico y quisiera adoptarlo no lo puedo hacer, no es la forma legal para hacerlo. Si no estoy inscripto en el registro no lo puedo adoptar, es una prohibición expresamente contenida en el artículo 611 del nuevo Código Civil y Comercial”.

Dicho artículo dice: “Guarda de hecho. Prohibición. Queda prohibida expresamente la entrega directa en guarda de niños, niñas y adolescentes mediante escritura pública o acto administrativo, así como la entrega directa en guarda otorgada por cualquiera de los progenitores u otros familiares del niño”.

La transgresión de la prohibición habilita al juez a separar al niño transitoria o definitivamente de su pretenso guardador, excepto que se compruebe judicialmente que la elección de los progenitores se funda en la existencia de un vínculo de parentesco, entre éstos y el o los pretensos guardadores del niño.

Ni la guarda de hecho, ni los supuestos de guarda judicial o delegación del ejercicio de la responsabilidad parental deben ser considerados a los fines de la adopción.

Dajer agregó “es decir que el único que dispone donde va a ir un niño es el juez con competencia, que en nuestro caso es el Juez de Familia, de manera que quien ha pasado por el Registro de Adopción y esté inscripto en la red nacional, puede adoptar”.

En relación a la supuesta demora para que los postulantes logren adoptar, la Fiscal General Adjunto del Superior Tribunal de Justicia (STJ) a cargo del Registro de Adopciones explicó “los trámites para adoptar no son difíciles, el trámite no es engorroso, la espera excede a este Registro porque nosotros organizamos postulantes y la única función es que una vez que están organizados esperar que los Jueces de familia, cuando haya un menor que está en condiciones de ser dados en adopción, nos envié un oficio solicitando legajos para un menor con ciertas características. Allí se busca ese legajo y se los envía al Juez que es quien tramita las adopciones”.

“Entendemos  que las esperas a veces son cansadoras, espiritualmente agotan, pero el mito es que hay muchos chicos en condiciones de ser dados en adopción y nosotros creemos que no todos los chicos institucionalizados están en condiciones de ser dados en adopción porque con esos niños el órganos administrativo trabaja para tratar de insertarlos en sus familias de origen y recién cuando no pueden insertarlo recién le piden al Juez de Familia la declaración de adoptabilidad del menor”.

Por su parte, Analía Abud, psicóloga del Registro Provincial de Adopciones, manifestó que “hasta el momento tenemos alrededor de 64 inscriptos entre los que hay matrimonios, mujeres y hombres solos, parejas igualitarias, cualquier persona puede inscribirse en el registro, siempre y cuando teniendo cumplido los requisitos, entre ellos que uno sea mayor de 25 años”.

Acerca de la manera de realizar su inscripción, Abud señaló “son requisitos simples, algunos que hay que tramitarlos en la policía u hospital, pero no son papales que demoren mucho. Cuando se juntan con todos los papeles, se llegan al Registro con fotocopia simple para que nosotros las certifiquemos para luego devolver los originales. Este es una trámite personal y gratuito”.

“A partir de ahí comenzamos a trabajar con el equipo, con la asistente social y la psicóloga. Hacemos una reunión informativa todos los meses en el Registro con todos los postulantes para hablar de todos los temas donde tengan dudas o algún temor, les explicamos todo, ya luego se pone fecha para las entrevistas individuales. Si son pareja deben venir los dos, si tiene hijos también son citados a una entrevista, mientras tanto la asistente social va al domicilio. Hacen falta dos entrevistas conmigo, una con la asistente social y la visita. Luego, cuando tenemos los informes hechos, se da ingreso al legajo”.

Señaló que cualquier interesado debe presentarse de 7 a 13 horas en Belgrano y Patricias Argentinas, en el ex Hotel Panorama, donde están las oficinas del Registro, en el 2° piso, oficinas 205-206.

Consultada por JUJUY AL DÍA® si algunos postulantes se van “bajando” de estas nóminas con el tiempo, Analía Abud expresó “sí, a veces después de la misma reunión informativa la gente a la entrevista no asiste porque algunos creen que esto es inmediato, que hay muchos niños en adopción y se lo darán de inmediato, pero no es así”.

“También la gente interpreta el adoptar con ser hogar de tránsito, o tiene sus propios hijos al anotarse, pero a los meses quedan embarazados, por lo que siempre pedimos que nos informen, tratamos de tener una comunicación fluida con ellos para lo que necesiten”.

Fuente: http://www.jujuyaldia.com.ar/

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