Inscripción en la provincia de Mendoza

Dirección: San Lorenzo 221, 3er Piso, Cdad. Mendoza

Horario de funcionamiento: de Lunes a Viernes 7:30 a 13:30 hs.

Teléfonos de Contacto: 4495476/4498638/4495512
Correo: ruamendoza@jus.mendoza.gov.ar

Web: http://www.jus.mendoza.gov.ar/web/sijum/registro-unico-de-adopcion

La Ley Provincial 8524 crea el  El Registro Único y Equipo Interdisciplinario de Adopción, que dependerá funcionalmente de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, quien será la autoridad de aplicación.

Procedimiento de inscripción

Las personas con intención de adoptar deben comunicarse con el Registro Único de Adopción al teléfono 4495476, allí detallaran la documentación a presentar.

  Participar de las reuniones informativas de los profesionales del Registro

 

Cumplida la participación a las entrevistas informativas, deberán inscribirse presentando el formulario de inscripción a modo de declaración jurada, firmado por ante el funcionario designado y la documentación solicitada.

 

Cumplido lo anterior, serán evaluados por los profesionales del Registro de Adopción y con dicho informe la inscripción culminará.

 

¿Qué pasa si deniegan la inscripción?

Podrá ser impugnada ante el Juzgado de Familia en turno civil, en el plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha de notificación, con patrocinio letrado y sin gastos de justicia.

RATIFICACIONES

Las inscripciones en el Libro de aspirantes mantendrán su vigencia por el plazo de seis (6) meses, contados a partir de la resolución que acepte la inscripción provisional. Cumplido el plazo previsto y dentro de un término no superior a diez (10) días hábiles, los inscriptos deberán concurrir ante la delegación del Registro que receptó su solicitud, a los fines de su ratificación para ello deberán completar formulario de ratificación.
La no ratificación de la inscripción implicará la caducidad automática de la misma y su exclusión del Libro de Aspirantes.

 

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