Formar una familia por adopción implica atravesar un proceso que requiere de tiempos particulares muy diferentes a los de las familias que se conforman biológicamente.
En primer lugar es necesario la realización de trámites en sedes administrativas o judiciales que insumen varios días ya sea para la presentación de documentación como para las evaluaciones.
Luego de transcurrido un tiempo de espera (semanas, meses o años), se pueden recibir una o varias citaciones de los profesionales para conocernos y reevaluarnos. También tener entrevistas ante la búsqueda de la familia más indicada para un niño concreto, siendo posible no quedar seleccionados o que sí lo seamos. Y es aquí donde los tiempos de licencia se hacen imprescindibles.
Comienza una etapa que se denomina vinculación y se extiende desde el momento en el que conocemos a nuestro posible hijo hasta que se inicia la convivencia. Este tiempo además de depender de los niños y sus necesidades también tiene una variable considerable que es la distancia que hay entre nuestra casa y el lugar donde vive el niño. En el mejor de los casos será en la misma localidad o en una cercana, aunque también existen llamados desde localidades alejadas o de otras provincias. Es en estos casos, los que implican un traslado, los que necesitan de días corridos de licencia mientras que en los que la vinculación se realiza en una localidad cercana, quizás implique solamente entrar más tarde o salir más temprano del trabajo para acompañar al niño en cuestiones cotidianas como llevarlo a la escuela, a una actividad extracurricular o simplemente merendar juntos.
En el proceso de vinculación el adulto debe amoldarse a los lugares de pertenencia, necesidades y tiempos del niño con quien está vinculándose.
Una vez que concluyó el período de vinculación comienza la convivencia familiar. Este es el momento donde los niños necesitan imperiosamente que los padres tengan licencia y puedan estar presentes el mayor tiempo posible. No podemos pasar por alto que los niños que serán nuestros hijos son niños para los que su mayor falta es la de una familia presente, contenedora, atenta a sus necesidades, que acompañe y le dedique el tiempo para alimentar el vínculo creado y para la consolidación familiar. Esta necesidad no puede cubrirse mientras se asiste al trabajo y solo se comparte con los niños el horario de la cena y los fines de semana (en el mejor de los casos).
Los niños llegan a la adopción habiendo sufrido graves vulneraciones de derechos y muchas veces las referencias de adultos les generan desconfianza y temor a una nueva pérdida.
Tanto los primeros meses de convivencia como el tiempo previo de vinculación son fundantes, se basan en la presencia que genera en los niños confianza hacia los adultos, hacia la casa. Implican mucho esfuerzo por la adaptación a los cambios no solo de adultos referentes, también de casa, de barrio y de escuela. Aunque sean adolescentes ellos están sujetos a emociones intensas en la adaptación e inmersos como los adultos en el proceso adoptivo que afianzará la familia.
Resumiendo lo antes expuesto, las licencias para procesos adoptivos como derecho de los trabajadores para cumplir con el derecho de NNyA a tener una familia, requieren de tiempos específicos que podríamos resumir en estas tres etapas
trámites
vinculación (días corridos o flexibilidad horaria)
convivencia familiar (*)
sin olvidar la imperiosa necesidad en las adopciones múltiples y la adopción de niños con problemas de salud o discapacidad. La nueva ley, deberá alejarse del biologicismo de la actual, para comtemplar también la licencia para familias conformadas por uno o dos papás.
(*) importante saber que esta etapa comienza con diferentes figuras legales y no necesariamente con la guarda con fines de adopción
Comienza a instalarse el tema en los medios Clarín: Más empresas amplían las licencias parentales – La Nueva: Una ONG de Bahía invita a participar de actividades sobre adopción
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